La Audiencia de Málaga ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre de 57 años por abusar de dos menores de edad en un parque de la capital malagueña. Además, se le prohíbe acercarse a los niños y a indemnizarles con 1.000 euros a cada uno; y se insta a que el acusado sea reconocido por el médico forense, al padecer una enfermedad mental, por si se le impone un tratamiento.
Los hechos sucedieron en octubre del pasado año 2012. El acusado estaba en las inmediaciones de un parque de la capital sobre las 16.00 horas cuando se dirigió a tres niños con edades de entre 14 y nueve años, que estaban jugando en la zona, según se declara probado en la sentencia, dictada con la conformidad de las acusaciones, tanto la pública como la particular; y de la defensa.
Así, el procesado "aprovechando la situación de superioridad derivada de su edad", les instó a que les acompañara a un lugar más apartado, y dos de ellos, "presionados por la situación" fueron; mientras que el tercero huyó. Una vez en ese lugar más apartado, señala la resolución, el acusado les realizó tocamientos y posteriormente se fue.
Los tres niños no dijeron nada, pero días más tarde, uno de ellos estaba con su madre en el parque y vio al acusado, por lo que se lo contó, dice la sentencia. Entonces, llegó la madre de otro, siguieron al procesado y entre las dos lograron retenerlo, mientras llamaban a la Policía, aunque consiguió escaparse. No obstante, fue detenido por agentes locales poco después.
El acusado tenía la capacidad de entender y la voluntad mermada al padecer una enfermedad crónica psiquiátrica no específicamente diagnosticada, por lo que la Sala aprecia una circunstancia que atenúa la pena. Además, se insta a que se analice en la ejecución de la sentencia la imposición de una medida de seguridad que consista en un tratamiento adecuado.
Además de la pena de prisión, la Sección Primera de la Audiencia impone al procesado, que reconoció los hechos en el juicio celebrado la pasada semana, la prohibición de acercarse o comunicar con uno de los niños durante un periodo de tres años y con el otro durante un año y medio.