El tiempo en: Punta Umbría
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Cita como investigados a dos exalcaldes por la presunta compra de votos en Huévar

La Audiencia de Sevilla estima el recurso de apelación presentado por el PP en el denominado Caso Huévar

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Denuncia del PP en los juzgados. -

La Audiencia de Sevilla, a través de su Sección Tercera, ha estimado el recurso de apelación del Partido Popular en el denominado Caso Huévar, por lo que requiere que sean llamados a declarar los dos últimos exalcaldes socialistas de la localidad del Aljarafe, Rafael Moreno y Aurea Borrego, en relación con una presunta "compra de votos" en las elecciones municipales de 2015.

En dicho auto, recogido por Europa Press, se hace referencia al hecho de que en el escrito de recurso del PP se interesaba la práctica de diversas diligencias de investigación, entre ellas, "librar de oficio a la Policía Judicial de la Guardia Civil para que continúe con la práctica de las diligencias tendentes al total esclarecimiento de los hechos" y obtener del Ayuntamiento de Huévar "la documentación que fuera necesaria".

Asimismo, se pedía citar a ambos exregidores de la localidad, tal y como ahora se establece, ya que el auto conmina al Instructor a citarlos como investigados, como ha avanzado ABC, "postergando su declaración judicial hasta la terminación del atestado policial", y que se realice "ofrecimiento de acciones como perjudicado" al Consistorio de dicha localidad.

El PP, en se escrito, destacaba que el Instructor en la Providencia de 23 de marzo de 2021 "no ha dado cumplimiento a lo acordado por esta Sala". "En nuestro caso, habiéndose admitido a trámite la denuncia e investigándose un posible delito de prevaricación, por la supuesta contratación irregular por parte del Ayuntamiento de varios vecinos, resulta procedente tal hecho en conocimiento del alcalde o alcaldes en el cargo a la fecha de los hechos que se investigan", señala.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Sanlúcar la Mayor determinó que los hechos consisten en "actos preparatorios para la comisión del delito", pero "no constan acreditados actos que cristalizasen en la comisión del delito electoral", ante lo cual indicaba que estos actos preparatorios "no son punibles" y el asunto es "un hecho de naturaleza atípica".

Así, en un auto fechado el pasado 14 de octubre el juez abordó estas diligencias incoadas merced a una denuncia del PP de Sevilla ante la Fiscalía, que dio traslado del asunto a los juzgados, con relación a documentación localizada por el PP en el Ayuntamiento de esta localidad sevillana tras hacerse con la Alcaldía en las elecciones municipales de 2019, que reflejaría, según los populares, que los anteriores gobernantes del PSOE habrían ofrecido contrataciones a cambio de votos antes de los comicios locales de 2015 y habrían cargado a las arcas públicas un mitin celebrado en 2002.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN