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Sevilla

Un año de la sentencia de la Manada: un año del no es no

La polémica sentencia condenó a los cinco sevillanos por un delito de abuso sexual pero les absolvió del de agresión. El cambio legal está en el aire

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Este viernes, 26 de abril, se cumplirá un año de la publicación de la polémica sentencia que condenó a los cinco miembros sevillanos de 'La Manada' por un delito de abuso sexual y les absolvió del de agresión. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra no apreció ni violencia ni intimidación en los hechos que tuvieron lugar en los Sanfermines de 2016, cuando una joven madrileña de 18 años denunció haber sufrido una violación múltiple.

Esta decisión judicial fue cuestionada tanto en del ámbito judicial como en la esfera política y especialmente entre los colectivos y asociaciones feministas, que convocaron movilizaciones espontáneas en toda España, al grito del ya famoso 'No es no' y 'yo sí te creo'. Asimismo, a raíz de la sentencia, se puso encima de la mesa una posible reforma del Código Penal para cambiar la tipificación de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual.

Su revisión, impulsada por el anterior Gobierno de Mariano Rajoy, fue encomendada a un grupo de expertos que propuso suprimir el "abuso" para considerar todo "agresión", una postura que el Ejecutivo socialista de Pedro Sánchez siempre ha defendido, aunque finalmente no ha aprobado y, ante la convocatoria electoral del 28 de abril, se ha quedado en el aire.

POLÉMICO VOTO PARTICULAR

Los cinco miembros de La Manada --denominados así por un grupo de Whatssap que compartían-- fueron condenados el 26 de abril de 2018 a nueve años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales con prevalimiento, con el voto particular de uno de los magistrados, que pedía su absolución. Se trata del juez Ricardo González, quien señaló que la joven y el grupo de hombres practicaron "actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo".

Su argumentos fueron entonces muy cuestionados e incluso la Asociación de Mujeres Juristas Themis presentó una denuncia ante la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) contra el magistrado.

Tanto el tono del voto particular como la sentencia por un delito de abuso sexual en vez de agresión, desató la polémica entre las feministas, que tacharon la sentencia de "indignante" y "retrógrada". "No es abuso, es violación", reivindicaron en las redes sociales.

De hecho, aquella jornada se convocaron de manera espontánea numerosas concentraciones y manifestaciones de mujeres en toda España en señal de protesta contra "la justicia patriarcal" contra esta decisión judicial.

Aquellas movilizaciones, convocadas por varios colectivos y asociaciones feministas, fueron las primeras en las que se escuchó el 'No es No' y 'yo sí te creo', lemas que posteriormente han resonado en otras manifestaciones convocadas en señal de rechazo a La Manada e, incluso, se ha podido escuchar reiteradamente, también en la multitudinaria manifestación del 8M, Día de la Mujer Trabajadora y de la huelga feminista.

REVISIÓN DE LOS DELITOS SEXUALES

La polémica surgida fue tal que el Gobierno de Mariano Rajoy, entonces al frente de la Moncloa, anunció su intención de revisar la tipificación de los delitos sexuales en el Código Penal, a petición del entonces ministro de Justicia, Rafael Catalá, quien se lo encargó a un grupo de expertos penalistas de la Comisión General de Codificación.

Este órgano, no obstante, tuvo que ser reformado porque no había ninguna mujer en él. Tras hacerlo paritario, arrancaron los trabajos, que continuaron aun con el cambio de Gobierno al prosperar la moción de censura contra Rajoy.

Finalmente, elaboraron una propuesta de reforma que suprimía el "abuso", con el objetivo de que todos los delitos sexuales sean considerados "agresión". El Gobierno de Pedro Sánchez tiene encima de la mesa esas conclusiones desde el mes de diciembre, pero no ha aprobado esta reforma legislativa que, y con la convocatoria electoral del 28 de abril, queda pendiente.

La sentencia de la Audiencia de Navarra, que fue recurrida por todas las partes, fue confirmada el pasado mes de diciembre por la instancia superior, es decir, por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN). En esta ocasión, la sentencia contó con el voto particular de dos de los cinco magistrados, que sí apreciaban intimidación y se mostraban partidarios de condenar a los acusados a 14 años y tres meses de prisión por un delito continuado de agresión sexual, en vez de abuso.

Esa vez, varias feministas consultadas por Europa Press reivindicaron "de una vez por todas" la reforma de los delitos sexuales del Código Penal para que aquellos casos en los que no hay violencia física pero sí una situación de superioridad que anula el consentimiento de la víctima, se castiguen como agresión sexual y no como abuso. También expresaron su deseo de que el Tribunal Supremo (TS), órgano al se puede recurrir esta sentencia, "corrija" el criterio de la Audiencia de Navarra así como del Tribunal Superior de Justicia Navarra.

A la espera de que el Tribunal Supremo se pronuncie, la Fiscalía del alto tribunal presentó un recurso contra la sentencia emitida por emitió el TSJN, solicitando que se condene a cada uno de los acusados a 18 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual, así como a 10 años de libertad vigilada y a la prohibición de acercarse a la víctima durante 20 años.

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