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Sevilla

Piden 23 años a los acusados de la violación grupal en La Cartuja

La Sección Tercera ha señalado para el 16 de octubre el inicio de la vista oral, en la que se juzgarán a los tres acusados

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  • Juzgados de Sevilla. -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla juzgará a partir del 16 de octubre a los tres jóvenes, de nacionalidad rumana, acusados como presuntos autores de la violación a una joven, de 27 años de edad y de nacionalidad paraguaya, en la madrugada del sábado al domingo 23 de abril de 2017 en el entorno del Estadio de la Cartuja, y para los que la Fiscalía solicita 23 años de prisión para cada uno.

Según han informado a Europa Press fuentes del caso, la Sección Tercera ha señalado para el 16 de octubre el inicio de la vista oral, en la que se juzgarán a los tres acusados como presuntos autores de unos hechos que son constitutivos de tres delitos continuados de violación, cometidos cada uno de ellos por cada uno de los tres procesados D.D., N.M., ambos de 30 años, y A.I.M., de 31 años de edad.

En el escrito de conclusiones provisionales, al que ha tenido acceso Europa Press, la Fiscalía señala además que los hechos son constitutivos de un delito de lesiones. En ambos casos, el Ministerio Público señala que son autores los tres encausados. De otro lado, indica que concurre la agravante de abuso de superioridad en el delito de lesiones.


Igualmente, la Fiscalía considera que procede imponer a cada uno de los tres procesados por el delito de continuado de violación cometido por cada uno de ellos, la pena de 20 años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; así como la pena de tres años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, también para cada uno de los acusados.

PROHIBICIÓN DE VIVIR EN SEVILLA O VISITAR LA CIUDAD

También pide para cada uno de los tres la pena de ocho años de libertad vigilada, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad, y la pena de prohibición de aproximarse a la víctima R.C.V. a una distancia no inferior a 500 metros, así como a su domicilio o lugar en la que la misma se encuentre, y prohibición de comunicarse con la misma por cualquier medio o procedimiento durante 25 años.

Asimismo, el Fiscal interesa, a la vista de la gravedad de los hechos, imponer a cada uno de los tres procesados la pena de privación del derecho a residir en la localidad de Sevilla o acudir a la capital andaluza durante 25 años. Por último, los acusados, según la Fiscalía, deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la víctima en la cantidad de 2.500 euros por las lesiones y en la cantidad de 100.000 euros por el daño moral ocasionado a la misma.

RELATO DE LOS HECHOS

Según el escrito de conclusiones provisionales de la Fiscalía, el 23 de abril de 2017, sobre las 3,00 horas, la joven conoció en una discoteca del polígono de San Jerónimo de Sevilla, a través de una amiga común, con la que había salido esa noche, a los tres procesados, sin antecedentes penales, con los que estuvo tomando copas y bailando hasta la hora del cierre del establecimiento, sobre las 7,00 horas.

Entonces salieron todos juntos del local y se marcharon en un vehículo, modelo Audi A4, cuyo usuario es D.D., que se sentó en la parte trasera del mismo con la joven y N.M., mientras A.I.M. conducía el vehículo, dirigiéndose hacia el entorno del Estadio de la Cartuja. Los acusados empezaron a discutir entre ellos "violentamente en un idioma que la joven no entendía, dando golpes y manotazos con gran violencia".

En ese momento "de violencia y tensión" y tras detener el vehículo, según la Fiscalía, D.D., "con ánimo libidinoso, comenzó a manosearla y a tocarle sus órganos genitales, llegando a introducirle los dedos en la vagina, oponiéndose tenazmente la víctima a ello, defendiéndose con sus manos e intentando que no lo hiciera".

El procesado, "dándole fuertes golpes en la cara y en la cabeza", logró vencer así su resistencia, mientras en ese instante N.M., que estaba sentado junto a ella, "comenzó a golpearla fuertemente, cogiéndola de la cabeza, dándole fuertes golpes, tirándola fuertemente del pelo, llegando a tumbarla en el asiento trasero donde el procesado D.D. la penetró vaginalmente, mientras que N.M. le tapaba la boca para que no se oyeran sus gritos de auxilio, intentando ella escapar del coche, no pudiendo hacerlo ya que el procesado A.I.M., que era el que conducía, se bajó del vehículo golpeándola fuertemente por todo el cuerpo para que no pudiera escaparse de la brutal agresión que estaba sufriendo".

En ese momento, A.I.M., "con ánimo libidinoso, la penetró también vaginalmente, intentando otra vez la víctima escapar del vehículo, no pudiendo hacerlo debido a la violencia con la que los tres procesados la golpeaban por todo el cuerpo".

Posteriormente, N.M. la sacó violentamente del vehículo "arrastrándola por los pelos y se la llevó hasta un descampado cercano, golpeándole nuevamente la cabeza contra el suelo, donde, con ánimo libidinoso, la penetró vaginalmente, dándole a continuación un fuerte puñetazo en la cara, perdiendo la joven ya el conocimiento".

La víctima, según recoge la Fiscalía, sufre como consecuencia de la brutal paliza lesiones consistentes "en erosiones en ambas aletas nasales y en el labio superior, áreas de alopecia en cuero cabelludo, región parietal izquierda, secundaria a arrancamiento de mechones de cabello; erosiones en ambos miembros superiores; contusión en la muñeca derecha; erosiones en miembros inferiores y en ambas rodillas; erosiones y contusiones en ambos hombros; y contusión en los glúteos".

A la joven, el día 2 de mayo de 2017, se le diagnosticó una infección del tracto urinario superior como consecuencia de estos hechos, dada la existencia de restos contaminantes en el interior de su saco vaginal; necesitando tratamiento curativo consistente en toma de antibióticos, analgésicos, antiinflamatorios y cura de las erosiones.

TRATAMIENTO PARA PREVENIR ENFERMEDADES DE TRANSMISIÓN SEXUAL

Asimismo, la víctima realizó tratamiento siguiendo los protocolos para la prevención del virus de inmunodeficiencia humana y para la prevención de enfermedades de transmisión sexual, tardando en curar 50 días de perjuicio personal moderado para alcanzar la sanidad física, quedándole como secuelas dolor y pérdida de fuerza en la muñeca derecha, dolor en la región coxal, artrosis postraumática y/o muñeca dolorosa y algias postraumáticas de columna vertebral sin compromiso radicular.

Además, la denunciante, como consecuencia directa de estos hechos, sufre un trastorno de estrés postraumático severo, con pesadillas frecuentes, pensamientos obsesivos, conductas de evitación y rememoración constante de los hechos, con hipotimia, anhedonia y sentimientos de desesperanza y baja autoestima, llegando a tener una tentativa de autolisis lo que motivó su ingreso hospitalario.

Por estos hechos fue detenido un cuarto joven rumano, pero la juez de Instrucción número 1 de Sevilla, que instruyó esta causa, lo exculpó y dejó en libertad en junio del pasado año, después de que la denunciante atribuyese la autoría de la agresión sexual a los otros tres. Por su parte, los cuatro detenidos negaron durante su declaración haber agredido sexualmente o violado a la víctima.

Actualmente, dos de los acusados, en concreto D.D. y N.M., están en prisión provisional desde el día 28 de abril, mientras A.I.M., privado de libertad desde el mismo día, salió en libertad el 8 de agosto de 2017, día en el que se acordó su libertad con fianza de 12.000 euros y prohibición de acercarse a la víctima.

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