El Juzgado de lo Penal número 4 de Sevilla ha condenado a un hombre a pagar una multa de 720 euros por pescar 40 kilogramos de anguilas europeas pese a que su captura está prohibida.
En la sentencia, consultada por Europa Press, el juez condena a J.V.A. a pagar dicha multa por un delito contra la fauna con la concurrencia de la atenuante cualificada de dilaciones indebidas.
Los hechos tuvieron lugar sobre las 21,00 horas del día 2 de mayo de 2011, cuando el imputado fue sorprendido por agentes de la Guardia Civil cuando transitaba por el Camino de las Traviesas de Aznalcázar a bordo de su vehículo, donde transportaba unos 40 kilos de anguilas europeas.
Estas anguilas habían sido capturadas usando un arte de pesca denominado red saco, destinado a la captura de cangrejos, especie cuya pesca está autorizada, añade el juez, que considera que el acusado tenía conocimiento de que la pesca de la anguila está prohibida por el artículo 2 del Decreto 396/2010 de 2 de noviembre, por el que se establecen medidas para la recuperación de la anguila europea durante un periodo de diez años.
La anguila, sin embargo, no figura en el Catálogo Especial de Especies Amenazadas aprobado por el Real Decreto 139/2011 de 4 de febrero, aunque sí ha sido considerada como especie en peligro crítico. Como las anguilas estaban vivas, fueron devueltas al medio.
En el juicio, el Ministerio Público pidió para el acusado la imposición de una multa de 720 euros por un delito contra la fauna con la atenuante cualificada de dilaciones indebidas, solicitud con la que el procesado mostró su conformidad.