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Huelva

Riaumbría recurre ante el TSJA la anulación de la venta del suelo

La empresa también se opondrá al inicio de un nuevo procedimiento de venta de estas mismas parcelas por parte del Ayuntamiento de Punta Umbría

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  • Proyecto de Riaumbría. -

Riaumbría, la empresa promotora del proyecto Residencial William Martin, ha anunciado este jueves que recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la sentencia dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo 3 de Huelva en la que se anula el acuerdo del Ayuntamiento de Punta Umbría para vender a esta empresa los suelos donde tiene previsto desarrollar este proyecto urbanístico y residencial.

La empresa también ha confirmado que se opondrá al inicio de un nuevo procedimiento de venta de estas mismas parcelas, tal y como ha confirmado el Ayuntamiento de Punta Umbría tras recibir la notificación de esta sentencia. Al respecto, Riaumbría ha asegurado en una nota de prensa que agotará todas las vías legales que tiene a su disposición para defender todos los derechos que le asisten como legítima propietaria de los terrenos donde se desarrollará esta actuación.

En este sentido, la empresa considera que el procedimiento seguido por el Ayuntamiento de Punta Umbría "se ajustó a derecho y bajo esta seguridad y confianza en un acto aprobado por una Administración pública desembolsó en tiempo y forma las cantidades estipuladas para la compra de estos suelos ubicados en la Avenida Ciudad de Huelva, junto al Cuartel de la Guardia Civil de Punta Umbría".

La decisión de recurrir esta sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía también se sustenta en "las propias dudas" que el magistrado del Juzgado Contencioso-Administrativo 3 de Huelva expresa "en la redacción de la sentencia sobre el fondo de la misma, debido a las dificultades y complejidades que entraña un caso como éste".

A este respecto, afirma el magistrado en la redacción de la sentencia que "nos encontramos ante una cuestión sumamente controvertida y, desde luego, eminentemente dudosa, cual es la adscripción de los bienes controvertidos al Patrimonio Municipal de Suelo, no existiendo por otra parte motivos para apreciar temeridad o mala fe en la actuación procesal del Ayuntamiento demandado".

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