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Almería

Ratifica más de 29 años de prisión a un hombre por agresiones y vejaciones a su pareja

A la que sometió en una ocasión con "especial nivel vejatorio" al apagar sobre su sexo colillas encendidas e introducirle sal y pimientos

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  • Fachada del Tribunal Supremo. -

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a 29 años y cuatro meses de prisión a un hombre acusado de maltratar y agredir sexualmente a su compañera sentimental durante tres años en los que la que golpeaba constantemente dentro del marco de "control" que ejercía sobre ella, a la que sometió en una ocasión con "especial nivel vejatorio" al apagar sobre su sexo colillas encendidas e introducirle sal y pimientos picantes.

El Alto Tribunal rechaza el recurso de casación interpuesto por el condenado al considerar, por un lado, que este cauce no permite una "revalorización global" de la prueba; y por otro lado, al no ver vulnerado el principio de presunción de inocencia, que se vio quebrada por la "estable" y "coherente" declaración de la víctima y los "múltiples y contundentes elementos" que corroboraron dicha versión.

Según expone el tribunal en la resolución judicial, consultada por Europa Press, la denuncia y posterior testimonio de la víctima han fluido "como culminación y escape frente al maltrato reiteradamente" padecido por la mujer y a las "agresiones de índole sexual sufridas, sobre todo la última de ellas de especial nivel vejatorio", por la que se decidió finalmente a revelar la situación al día siguiente.

Con ello, la Sala de lo Penal ratifica el fallo confirmado en apelación por el TSJA, que impone al hombre 14 y 10 años de prisión por dos delitos de agresión sexual, dos años por un delito de maltrato habitual, dos años y seis meses de cárcel más por otro de lesiones agravadas, y diez meses más por otro de lesiones, además de otros 50 años de alejamiento de la mujer, a la que deberá indemnizar con 60.600 euros por las lesiones y daños sufridos.

El acusado vivió durante tres años junto con la víctima y los tres hijos menores de ella, de modo que durante la relación se dedicó a "controlar" las llamadas y salidas de la mujer, a la que insultaba y menospreciaba si no le atendía por teléfono.

Durante este tiempo, el hombre golpeó "en numerosas ocasiones" en la cara a la mujer, a la que también, tras "cualquier tipo de discusión", arrojaba de cabeza contra la pared del dormitorio, ya que este era el lugar al que la dirigía y en ocasiones la encerraba para llevar a cabo sus agresiones. El hombre le decía a los niños que cuando "hablaba" en el dormitorio con su madre no entraran.

La sentencia relata varios episodios de serias amenazas y agresiones a la mujer, a la que en dos ocasiones llegó a poner un cuchillo en el cuello; una de ellas mientras la cogía con el pelo tras una discusión por "celos", y una segunda, en julio de 2020, en la que, al intentar escapar la mujer del dormitorio, le dijo que "no podía salir si él no le daba permiso" con lo que "la golpeó de nuevo" y la violó después.

La resolución judicial recoge cómo el condenado intentaba amedrentar a la víctima no solo con golpes sino diciéndole que iba a acabar con su vida o que si contaba algo de lo sucedido a la Guardia Civil o le dejaba "la mataba a ellas o a sus hijos y le prendía fuego al cortijo de sus padres".

Durante el juicio quedó demostrada además la agresión a la que sometió a la mujer en noviembre de 2020 también en el dormitorio, cuando tras tumbarla sobre la cama y desvestirla, le introdujo pimientos picantes y sal mientras él fumaba para, posteriormente, apagar sobre el sexo de la mujer varias colillas "aún encendidas", lo que le produjo varias lesiones por las que estuvo dos semanas impedida.

Al día siguiente por la mañana tras este episodio, por el que la mujer tuvo que ser atendida médicamente, el hombre volvió a atentar contra la integridad física de la mujer, a quien golpeó para que le dijera "con quién estaba" ya que, de lo contrario, "ese día se iba a enterar".

El tribunal consideró como "creíble y convincente" el testimonio de la víctima, que se vio respaldado por informes médicos de asistencia y por el informe médico forense, que dio cuenta de las quemaduras de cigarrillo y el hallazgo de "un cuerpo extraño intravaginal de color verde" que fue "compatible con la introducción de pimientos en el interior de la vagina".

Aunque el análisis toxicológico no relevó el principio activo del pimiento picante de la muestra extraída, el tribunal incide en que "ello no impide que el acusado hubiera podido utilizar otro tipo de pimientos" conforme a la versión dada por la víctima, sobre la que también constan informes de valoración de violencia de género emitidos tanto por médico forense como por psicóloga forense, que apuntalan su credibilidad.

FOTOGRAFÍAS CON UN VECINO

Frente a su versión, la defensa intentó desviar la atención hacia un supuesto vecino del matrimonio, al que atribuye las agresiones, al aportar unas fotografías en las que éste y la mujer aparecen desnudos y "con expresiones turbadas y cohibidas". Ante ello, señalan la explicación de la víctima "no inverosímil" sobre dichas fotografías, en las que explica que el acusado "en una de sus actuaciones violentas, les obligó a posar de esa guisa".

El TSJA ya destacaba que la mujer mantuvo su versión inculpatoria "de modo estable y con suficiente coherencia, sin contradicciones que pudieran conducir a enturbiar su credibilidad" frente a la búsqueda de "lagunas y carencias" por parte de la defensa del acusado como el que no se hallara ADN del mismo en la toma de muestras de la víctima, cuando "lo cierto es que los técnicos emisores del informe no dispusieron de muestra biológica indubitada" del agresor.

El teléfono 016 es el número de información y asesoramiento jurídico para las víctimas de violencia machista y su entorno. Funciona las 24 horas, atiende en 52 idiomas, es gratuito y no deja rastro en la factura telefónica, aunque puede quedar registrado en ciertos terminales y debe ser borrado. El servicio también responde a través del correo 016-online@igualdad.gob.es y presta atención mediante WhatsApp en el 600000016.

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