Habrá ‘toque de queda’ para las zambombas en la calle

Publicado: 04/11/2019
El Consistorio hace también un llamamiento para “compatibilizar” estas fiestas con el “descanso de la vecindad” y la “normativa”
Como suele ocurrir todos los años por estas fechas, el Ayuntamiento de Jerez acaba de publicar el bando municipal encargado de regular  la concesión de autorizaciones municipales para la celebración de zambombas, actividades festivas populares o tradicionales en establecimientos de hostelería y otros lugares, estableciendo como periodo de celebración de estas fiestas populares, declaradas Bien de Interés Cultural (BIC) en 2015, entre el 29 de noviembre y el 25 de diciembre, ambos inclusive.

Como viene haciéndose ya en las últimas ediciones de este bando, se separa claramente entre la celebración de zambombas que están sujetas a autorización municipal y las que no la necesitan. En el primer grupo se encuentran “aquellos establecimientos de hostelería (bares, cafeterías, restaurantes, pubs y bares con música) y otros establecimientos autorizados para una actividad distinta, y que en su autorización municipal permanente no estén previstas expresamente la celebración de actuaciones en directo de pequeño formato o actuaciones en directo, por lo que deberán solicitar y obtener autorización de carácter extraordinario”. Esta norma contempla que también requiere de autorización municipal “la celebración de zambombas en zonas de dominio público (calles o plazas).

Como consecuencia, se permitirán únicamente las que sean organizadas o promovidas por asociaciones culturales, vecinales, de comerciantes, de hostelería y otras entidades sin ánimo de lucro”. En cuanto a las que no precisan de la correspondiente autorización, el bando cita “las zambombas de carácter estrictamente privado o familiar”.

Tampoco necesitan autorización “aquellas celebraciones en establecimientos públicos de hostelería que surgen de forma espontánea, no están programadas y no se ofrecen al público en general, donde son los propios clientes los que participan.

La novedad es que este año el Consistorio precisa expresamente que las celebraciones de zambombas que se realicen en terrazas y veladores en la vía pública, así como en superficies abiertas o al aire libre que formen partes de establecimiento de hostelería, de ocio o esparcimiento, tendrá lugar entre las 15.00 horas y las 00.00 horas. Un horario que también se establece para las zambombas de carácter privado o familiar y las que se realicen en establecimientos de hostelería sin autorización municipal. Asimismo, las celebraciones en zona de dominio público y establecimientos de hostelería con autorización previa, no podrán superar “en ningún caso” las 02.00 horas.

 

El Gobierno local también hace un llamamiento en el bando para la celebración de estas zambombas se “compatibilicen” con “el descanso de la vencidad y el cumplimiento de la normativa aplicable”.

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