Las personas con sordoceguera con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento alcanzan las 62 en la provincia de Jaén, de los que 28 son hombres y 34 mujeres. La delegada territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, Ángeles Jiménez, ha subrayado el compromiso de su departamento con la atención a las personas sordociegas en la provincia.
Desde el punto de vista normativo, las personas con sordoceguera fueron objeto de un tratamiento específico en la Ley 11/2011, de 5 de diciembre, por la que se regula el uso de la lengua de signos española y los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y con sordoceguera en Andalucía.
"Esta Ley puso de manifiesto el compromiso de la Junta con la accesibilidad universal, la igualdad de oportunidades y la no discriminación de las personas con discapacidad", ha explicado este viernes en una nota Jiménez.
Dicha normativa autonómica contó con el respaldo social del movimiento asociativo andaluz de personas sordas, con discapacidad auditiva y de personas con sordoceguera que colaboraron activamente en su elaboración, posibilitando que ésta fuese una norma plural para permitir a las personas con discapacidad auditiva, o en su caso, a sus padres, madres, o representantes legales, optar libremente por el modelo de comunicación que estimasen más adecuado.
"Con la aprobación de esa Ley, Andalucía se convirtió en la comunidad autónoma pionera en España en la regulación de los derechos de las personas sordas, con discapacidad auditiva o con sordoceguera, ampliando las medidas recogidas en la normativa básica estatal de 2007, y contribuyendo a eliminar las barreras en la comunicación que impiden desde el aprendizaje de una lengua a la realización de actividades cotidianas como realizar trámites administrativos, ir al cine o visitar un sitio web", ha señalado.
La sordoceguera es una discapacidad que resulta de la combinación de dos deficiencias sensoriales (visual y auditiva), circunstancia que genera en las personas afectadas problemas de comunicación específicos y necesidades especiales derivadas de la dificultad para percibir de manera global y desenvolverse en su entorno. Es una discapacidad que requiere de unos servicios especializados, personal específicamente formado para su atención y métodos especiales para la comunicación y para la realización de las actividades de la vida diaria.
La situación de las personas sordociegas es tan específica que ha requerido que el Parlamento Europeo haya aprobado una resolución reconociendo a la sordoceguera como discapacidad con entidad propia, y que requiere unos recursos específicos. Por ello, ha instando a los estados miembros a que aprueben este reconocimiento y adopten las medidas necesarias para su atención adecuada.