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Zarrías demanda a la Junta por no abonarle las minutas del caso ERE

Por no reconocerle su derecho a que se le reintegre en su totalidad el importe de las minutas de honorarios profesionales de su defensa en el caso de los ERE

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  • Gaspar Zarrías. -

El exconsejero de la Presidencia y exvicepresidente Gaspar Zarrías ha demandado a la Junta ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), presentando un recurso contra una orden del 4 de julio de 2018 de la Consejería de Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, por no reconocerle su derecho a que se le reintegre en su totalidad el importe de las minutas de honorarios profesionales de su defensa en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, que ha ejercido el letrado Gonzalo Martínez-Fresneda.

Zarrías fue imputado en noviembre de 2015 como presunto autor de un delito de prevaricación en el caso ERE, cuya pieza política fue juzgada durante el pasado año en la Audiencia Provincial de Sevilla, en un procedimiento en el que Zarrías se enfrentaba a una petición de pena de la Fiscalía de diez años de inhabilitación.

Como consecuencia de aquella imputación, Zarrías, solicitó a la Junta la representación y defensa por el Gabinete Jurídico, según explica el abogado en el recurso presentado el 17 de diciembre --día en el que quedó visto para sentencia el juicio de los ERE-- ante la Sala de lo Contencioso-Administración de TSJA y al que ha tenido acceso Europa Press.


Si bien, al estar la Junta personada como acusación, lo que suponía una situación de incompatibilidad, el encausado pidió que se le autorizara a contratar servicios profesionales, haciéndose cargo la Junta de los gastos devengados por estos servicios, gastos que pidió que fueran abonando a medida que se fueran devengando.

El 27 de abril de 2016 el entonces consejero de la Presidencia y Administración Local, Manuel Jiménez Barrios, dictó una orden por la
que se reconocía a Zarrías el derecho al abono de los honorarios por representación y defensa de abogado y procurador, "una vez recaída resolución judicial firme por la que se declare inexistente la responsabilidad penal del solicitante".

Esa orden fue recurrida por Zarrías, impugnando la denegación del pago de los honorarios a medida que se fueran devengando y la necesidad de tener una sentencia que expresamente declare la inexistencia de responsabilidad penal del solicitante.

En una nueva orden, esta vez de 22 de diciembre, la Consejería estima el recurso y reconoce el derecho de Zarrías a que, previa acreditación documental, se fueran abonando los gastos de defensa a medida que se vayan devengando, y dejaba sin efecto la exigencia de que haya resolución firme.

Esa orden, como la anterior, señalaba que "los gastos de defensa deben ajustarse a los parámetros objetivos de honorarios aprobados por el Colegio de Abogados de Sevilla".

NO PAGAR NADA POR LA SEGUNDA FACTURA DE DOS MESES

Entonces Zarrías, el 16 de febrero de 2017, aportó minuta de honorarios profesionales devengados por su letrado, recogiendo
todas las actuaciones llevadas a cabo desde el 17 de noviembre de 2015 hasta el 31 de enero de 2017, una minuta fundamentada en el Baremo Orientador de Honorarios Profesionales del Colegio de Abogados
de Sevilla.

Este escrito motivó que la Consejería solicitara informe al Gabinete Jurídico de la Junta, emitiéndose uno que "virtualmente suprime el derecho al reintegro de los gastos de defensa", reduciendo el importe a pagar a un 5,6 por ciento de lo presentado.

Para el exconsejero, el informe parte de "un grave error" al tomar 
como normas de honorarios profesionales a aplicar las llamadas 'Cohicas' (Criterios Orientativos de Honorarios aprobados por la Junta General de 25 de Marzo de 2010, a los exclusivos efectos de la Tasación de Costas y Jura de Cuentas de los Abogados), que no recogen las actuaciones extraprocesales.

"Mi representado ha solicitado el pago de una minuta de honorarios profesionales ajustada a las normas orientadoras que recogen la actuación global necesaria para la defensa del inculpado. De acuerdo con esas normas se ha minutado por el trabajo realizado, medido en el tiempo empleado y en un precio razonable por unidad de tiempo. En concreto se
puso 220 euros la hora para el letrado contratado y 150 euros la hora para sus colaboradores. Estos precios son equivalentes a los que figuran en pólizas de responsabilidad civil emitidas por las principales compañías de seguros", según exponen los abogados del exconsejero andaluz en el recurso, adelantado este jueves por ABC de Sevilla.

A juicio de la defensa de Zarrías, la Junta, en su informe, "prescinde por completo de la enorme complejidad que entraña" un procedimiento como el caso ERE.

En mayo de 2017, Zarrías aportó para su pago una nueva minuta de
honorarios profesionales de su letrado por las actuaciones realizadas desde el 1 de febrero hasta el 31 de marzo, tras lo que el Gabinete Jurídico emitió un nuevo informe en el que recomienda no pagar cantidad alguna. Este informe fue contestado por Zarrías en idénticos argumentos al anterior, aunque en esta ocasión equivale a "una negativa a cumplir con las normas que reconocen a mi representado el derecho al cobro de los gastos de defensa".

DISCRIMINACIÓN DE ZARRÍAS RESPECTO A OTROS

También se planteaba la cuestión de la discriminación de Zarrías respecto de otros servidores públicos cuya defensa asumen los letrados del Gabinete Jurídico. "En esos casos todas las actuaciones que no son
estrictamente procesales, y que son necesarias para la defensa, se incluyen en los servicios prestados mientras que si se contratan con un letrado externo, como en el caso de Zarrías, las actuaciones extraprocesales tienen que ser pagadas por el interesado sin que sean objeto de indemnización", advierte el recurso.

Nuevos informes del Gabinete Jurídico insisten en rechazar la inclusión de cualquier actuación que no sea estrictamente procesal y de
cualquier criterio de mercado empleado para valorar la dificultad y el esfuerzo del trabajo que se minuta.

Respetando la normativa alegada por la Junta, la defensa de Zarrías rechaza que los servidores públicos envueltos en una causa penal y partiendo de su inocencia "tengan que costearse sus gastos de defensa, con clara discriminación respecto a los que pueden ser defendidos por los servicios jurídicos de la Junta".

En base a estos informes, la Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, el 4 de julio de 2018, dictó orden, ahora recurrida por Zarrías ante el TSJA, desestimando íntegramente las alegaciones del exconsejero y manteniendo las valoraciones efectuadas, acordando además reducir el importe de las
dos minutas devengadas en su defensa a un seis por ciento del total presentado.

Con objeto de conseguir un dictamen pericial como medio de prueba para respaldar esta demanda, Zarrías solicitó un informe al Colegio de Abogados de Sevilla, que rechazó invocando una resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia que prohíbe la aplicación de cualquier norma reguladora de honorarios profesionales. El Colegio de Abogados sólo pude emitir informe sobre esta materia a requerimiento de órgano judicial, es decir, "caso por caso".

"Nos encontramos por tanto que cualquier referencia a normas reguladoras de honorarios profesionales ha quedado derogada y sin efecto, por lo que entendemos que debe ser el Colegio de Abogados de Sevilla quien informe sobre la adecuación de las minutas presentadas a la realidad del mercado, a lo que cobraría como media un profesional por el trabajo minutado, acudiendo para ello a los criterios de valoración que estime oportunos".

En su demanda, Zarrías invoca el derecho reconocido a todos los empleados públicos en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, a la defensa jurídica en los procedimientos que se sigan como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones o cargos, precepto aplicable también a la Comunidad Autónoma de Andalucía y que "incumple" la orden recurrida y los informes del Gabinete Jurídico.

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