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El Tribunal Constitucional suspende la declaración soberanista de Cataluña

La resolución produce la suspensión de esta declaración de la cámara catalana durante al menos cinco meses al aplicarse el artículo 161.2 de la Constitución, que fue invocado por el Gobierno a la hora de presentar su recurso el pasado 8 de marzo

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El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite la impugnación por el Gobierno del acuerdo del Parlamento de Cataluña del pasado 23 de enero, fecha en la que "aprobó la declaración de soberanía y del derecho a decidir del pueblo de Cataluña".

   La resolución produce la suspensión de esta declaración de la cámara catalana durante al menos cinco meses al aplicarse el artículo 161.2 de la Constitución, que fue invocado por el Gobierno a la hora de presentar su recurso el pasado 8 de marzo.

   Se trata de la primera ocasión en la que el tribunal de garantías deja en suspenso un acuerdo de un parlamento autonómico, han señalado este miércoles fuentes jurídicas.

   Según el mencionado artículo, el Gobierno puede impugnar ante el TC decisiones de comunidades autónomas, lo que se traduce en su suspensión durante cinco meses, transcurridos los cuales el tribunal de garantías debe resolver si prorroga la medida cautelar mientras sigue estudiando el fondo o bien la levanta.

20 DÍAS PARA ALEGAR

   En la providencia del Constitucional, que tiene fecha de ayer, se da traslado de la demanda y documentos presentados al Parlamento de Cataluña, por conducto de su Presidencia, al objeto de que en el plazo de veinte días "aporte cuantos documentos y alegaciones considere convenientes".

   Según los Servicios Jurídicos del Estado, la declaración es "un desafío abierto contra la Constitución y especialmente contra una de sus cláusulas capitales, la del artículo 1.2", y que sólo una declaración soberana del pueblo español puede reconocer de manera constitucionalmente válida la soberanía del pueblo de Cataluña.

   A principios del pasado mes de abril,  El Tribunal Constitucional solicitó al Parlament que aclarara si la segunda declaración soberanista que aprobó en marzo, en la que se acordó abrir un diálogo con el Gobierno y fue más mayoritaria, sustituía a una primera en la que se declaró a Cataluña sujeto soberano. Las cortes de Cataluña contestaron al tribunal de garantías que ambos acuerdos son válidos.

   Fue el 23 de enero pasado cuando el Parlament dictó una primera declaración soberanista que no contó con el apoyo del PSC y sí recabó el aval de CiU, ERC e ICV. En esta primera declaración, el Parlament defendía que Cataluña es "sujeto jurídico y político soberano".

   Posteriormente, el pasado 13 de marzo el Parlamento catalán aprobó por una amplia mayoría, más de dos tercios de la Cámara (104 votos), una resolución en la que se instó al Govern de la Generalitat a "iniciar un diálogo" con el Gobierno del Estado para celebrar una consulta de autodeterminación en Cataluña. Esta iniciativa fue votada a favor por CiU, ERC, ICV-EUiA y PSC.

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