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Córdoba

"Responsabilidad" de las empresas para la tramitación de los ERTE

Para evitar que "no se comentan fraudes y puedan producirse situaciones ilícitas" en la tramitación de los Expedientes

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El delegado de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad de la Junta de Andalucía en Córdoba, Ángel Herrador, ante la situación generada en estos momentos por el coronavirus, ha apelado a la "responsabilidad" de las empresas para evitar que "no se comentan fraudes y puedan producirse situaciones ilícitas" en la tramitación de los Expedientes Temporales de Regulación de Empleo (ERTE).

Según ha indicado la Administración autonómica en una nota, Herrador ha incidido en que "estamos en una situación excepcional y, por ello, pedimos la máxima colaboración de colegiados y empresas y que presenten documentación acorde con esta situación porque se podría dar el caso de que alguna empresa pudiera aprovechar esta circunstancia de excepcionalidad para intentar presentar ERTE por fuerza mayor en supuestos donde no está contemplado".

En este sentido, el delegado ha recordado al efecto "que la normativa establece la posibilidad de revisar de oficio, esto quiere decir, que una vez pasado esta situación, las administraciones competentes pueden pedir la devolución de la prestación por desempleo en el caso de los trabajadores y exigir las responsabilidades que se hubieran incumplido a las empresas y trabajadores".


Para agilizar este proceso y ayudar a las empresas y asegurar una pronta retribución de desempleo a los trabajadores inmersos en un ERTE, la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, puso en marcha el pasado 20 de marzo una plataforma simplificada, que incluye un formulario tipo que se puede presentar con o sin certificado digital. La documentación que es necesaria adjuntar queda recogida en una sencilla guía accesible desde la web, y consiste básicamente en documentación que acredite la actividad de la empresa.

Herrador ha querido poner en valor esta plataforma y ha mandado "mensaje de tranquilidad" a las empresas porque desde las administraciones públicas, pues "estamos haciendo un gran esfuerzo para garantizar una renta de sustitución a empresas y trabajadores ante la falta de liquidez derivada de esta crisis provocada por el Covid-19, facilitando estas gestiones a las empresas con sede en Andalucía, agilizando el proceso y contribuyendo a que esta situación coyuntural tenga el menor impacto posible sobre el mercado de trabajo".

"Hay que tener claro que los ERTE no suponen despido", ha insistido Herrador, que ha resaltado que "por lo tanto, tienen un menor coste para la empresa y para el trabajador en la situación excepcional actual". "Si las empresas optan por presentar un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), además de asumir mayores dificultades para recuperar la actividad, tendrán que afrontar los costes del despido que conlleva la indemnización", ha añadido.

"CINCO DÍAS PARA DAR RESPUESTA"

Asimismo, el responsable territorial ha subrayado que es "importante que las empresas presenten de manera telemática y mediante este formulario sus solicitudes" porque esto "agiliza mucho la resolución", ya que "tenemos solo cinco días para dar respuesta y hay muchos expedientes".

No obstante, ha afirmado, "cuando los ERTE sean por fuerza mayor, como esta crisis del Covid-19, si no existe respuesta expresa de la administración, es decir por parte de la autoridad laboral, se entiende que el silencio administrativo sería positivo y así lo recoge la legislación".

Una vez admitida la solicitud que se presente por esta vía, la Autoridad Laboral podrá pedir informe a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que se emitirá en el plazo de cinco días. La resolución se limitará a constatar la existencia, cuando proceda, de la fuerza mayor alegada por las empresas, pymes, micropyes y autónomos con asalariados a su cargo correspondiendo a ésta la decisión sobre la aplicación de medidas de suspensión de los contratos o reducción de jornada, que surtirán efectos desde la fecha del hecho causante de la fuerza mayor. El silencio administrativo es positivo. La plataforma está accesible desde la web de la consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.

TRABAJADORES AFECTADOS POR ERTE

Por otra parte, Herrador ha informado sobre el dispositivo puesto en marcha por el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) para los trabajadores afectados por ERTE , "teniendo en cuenta la normal confusión que puede generar esta situación excepcional en la que nos encontramos".

El responsable territorial ha explicado que la "máxima prioridad" en estos momentos de la delegación que representa "es agilizar al máximo la tramitación de los ERTE porque tenemos claro que detrás de cada ERTE hay personas, necesidades, obligaciones y queremos que cuanto antes se resuelva su situación para que no estén sin ingresos y reciban su prestación por desempleo en tiempo y forma".

Para ello, ha recordado la plataforma de tramitación simplificada que se puso en marcha el pasado 20 de marzo dirigida a las empresas y ahora quiere dirigirse a los trabajadores para informarles de las gestiones que les corresponden.

Así, Herrador ha dejado claro que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha regulado un procedimiento que permite la tramitación del desempleo sin necesidad de presentación de solicitud individual, "por lo tanto, los trabajadores afectados por ERTE no tienen que solicitar la prestación por desempleo al SEPE, pero sí deben darse de alta como demandantes en el SAE".

NUEVA INSCRIPCIÓN

Dentro de esta situación pueden darse dos casos. El primero, que el trabajador nunca haya estado registrado en el SAE. Así, la nueva inscripción "antes solo se podía hacer de manera presencial en su oficina de empleo, pero ahora y ante el cumplimiento del estado de alarma, que no presta atención presencial en las oficinas del SAE, debe hacerse a través de un formulario por vía telemática" que está disponible desde este martes en la web 'http://lajunta.es/29yq9'. Si hubiera alguna incidencia se puede llamar a los teléfonos de atención que se han habilitado por oficinas en la dirección 'http://lajunta.es/299mq'.

Si, por el contrario, ha estado alguna vez registrado como demandante de empleo, ha proseguido el delegado, puede reinscribirse de forma telemática en la web del SAE (si la persona no posee certificado digital puede hacerlo sin el) 'http://lajunta.es/165z5' o en la 'app' en 'http://lajunta.es/1s386'. Si hay alguna incidencia y no se puede reinscribir la demanda, se puede contactar por teléfono con la oficina y el SAE tramitará el alta como demandante.

Para concluir, Herrador ha hecho hincapié en que se están reforzando los medios telefónicos y telemáticos y, que aunque las oficinas de empleo permanecen cerradas al público, "el personal del SAE continúa trabajando en ellas, manteniendo las medias de seguridad y salud laboral precisas, y además se está facilitando el teletrabajo para garantizar la prestación de los servicios esenciales".

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