Según el auto del juzgado del caso, al que tuvo acceso Europa Press, "de lo actuado, no existe base probatoria suficiente para formular acusación, ya que no se dan los presupuestos necesarios para ello según lo dispuesto en el Código Penal" respecto al delito contra la Hacienda Pública, del que estaba imputado en estos momento Roca y otras dos personas.
Esta resolución se dicta tras el informe del fiscal, en el que se pedía el sobreseimiento provisional de la causa, al no aparecer "debidamente justificada la perpetración del delito" origen a la causa. No obstante, se insta a que se dé traslado a la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía para depurar posibles responsabilidades fiscales.
En este procedimiento se investigaba un supuesto negocio ficticio dirigido a defraudar cantidades correspondientes al tipo impositivo a aplicar sobre la base liquidable. Según las actuaciones, a través de escritura de compraventa de septiembre de 2004, Roca, como representante legal de Condeor, adquirió de los otros dos imputados una finca en la aldea de El Rocío por un importe de 1.268.000 euros.
Así, este acto estaría sujeto al impuesto de transmisiones patrimoniales en el ejercicio fiscal de 2004, presentándose documento de liquidación de dicho impuesto. No obstante, "existe un contrato privado firmado entre las partes con el mismo objeto, fechado en marzo de 2004, pero con un precio notablemente superior, en concreto 2.163.000 euros".
Ante esto, se solicitó a la Consejería de Economía y Hacienda un informe sobre el montante defraudado, y, según los cálculos, la cantidad sería de 76.850 euros, lo que "evidentemente no alcanza el límite delictivo de 120.000 euros previsto en el Código Penal", por lo que el fiscal instaba al archivo de la causa, finalmente acordado por el instructor.