El tiempo en: Punta Umbría

Almería

Condenado por difundir un vídeo "cariñoso" por WhatsApp de su ex

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a un hombre por difundirlo a través de la app a clientes de su expareja

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
  • WhatsApp. -

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a un hombre por difundir a través de WhatsApp a clientes de su expareja un vídeo que había grabado a escondidas en el que ésta mantenía una "actitud cariñosa" con otro hombre, además de por haberla amenazada en diversas ocasiones.

La sentencia, firme y consultada por Efe, recoge que el acusado J.L.A.B., remitió entre el 15 y el 30 de octubre de 2016 diversos mensajes al teléfono móvil de la víctima.

En ellos le decía "tú no sabes lo que has hecho y lo que te viene (...) voy a seguir mandando vídeos (...) que todo lo jodes (...) ahora vas a llorar y a pasar vergüenza toda tu familia (...) conecta el WhatsApp y verás más cosas (...) coge el teléfono por la cuenta que te trae", todos ellos con insultos hacia la mujer.

El fallo añade que entre el 20 y el 23 de octubre de 2016, el acusado se introdujo en el bar de la víctima en la comarca del Poniente almeriense cuando estaba cerrado al público y con intención de "humillarla" grabó a través de la cocina con el móvil un vídeo de ella en "actitud cariñosa con otro hombre", que posteriormente difundió por grupos de WhatsApp de clientes de la misma.

Además, sobre las 21:00 horas del día 30 de dicho mes, llamó al hijo de 10 años que tiene en común con esta mujer y con ánimo de amedrentarla le dijo: "Voy a matar a tu madre antes de que me coja la Guardia Civil".

Por estos hechos, ha sido condenado a 40 días de trabajos en beneficios de la comunidad por un delito de amenazas, por el que también se le prohíbe aproximarse y comunicarse con la mujer durante dos años.

Asimismo, le ha sido impuesta una multa de un mes a razón de 6 euros al día y la prohibición de aproximarse y comunicarse con ella durante seis meses por un delito de injurias y vejaciones.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN