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Almería

La defensa de Santi Mina: "Hubo consentimiento; cuando le pidió que parase, él paró"

La abogada asegura que la denunciante "sabía que eran futbolistas" y que "solo quiere sacarles dinero"

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  • Santi Mina a su llegada a la Audiencia Provincial de Almeria. -

El juicio contra Santi Mina y David Goldar por una presunta agresión sexual ha quedado visto para sentencia este viernes tras exponer su informe la defensa del jugador del RC Celta de Vigo, quien ha indicado que habría quedado acreditado que la denunciante "prestó su consentimiento en todo momento" ya que cuando "le pidió que parase, él paró como ella misma confirmó" durante su declaración "en sala".

Ante el tribunal de la Sección Tercera que enjuicia a ambos, la abogada ha alegado también que, en todo caso, existiría un "error de tipo" invencible en la actuación de Mina porque, "si no hubo consentimiento como afirma ella, desde luego no supo transmitirlo ni a Santi ni a nadie" hasta que "lo verbalizó y él paró".

"Existe una duda razonable de que percibiese el rechazo de la víctima hasta ese momento porque no hubo antes ningún signo inequívoco, ni físico, ni verbal de que se había empezado a agobiar y ahora sí quería parar. Él entiende entonces perfectamente que ella quiere parar e interrumpe la relación sexual", ha afirmado para añadir que, antes, la víctima "habría tenido un actitud activa completamente y con tocamientos mutuos".

Al hilo de esto, ha apuntado que, si hubo "error de tipo en el consentimiento, decae el dolo y la tipicidad objetiva, lo que hace que se deba llegar a la conclusión de la absolución", lo que, según ha manifestado, unido a "la insuficiencia, por no decir inexistencia, de prueba de cargo", haría que procediese la aplicación del criterio de "probabilidad prevalente" o "más probable que no".

En su informe, ha rechazado que existiese "la violencia o intimidación" en los hechos que sí recogió el fiscal en sus conclusiones para solicitar ocho años de prisión para Mina y ha aludido a que la denunciante aseguró en instrucción que "ninguno de los dos la forzó, que cuando quiso marcharse, se marchó".

"Una cosa es que ella se agobiara en el transcurso, pero eso no indica que no hubiera antes consentimiento, porque si no das tu consentimiento, la forma en que narra que se produjeron los hechos se vuelve absolutamente inverosímil e insólita", ha subrayado para precisar que Santi Mina "le pidió perdón, no porque hubiera hecho algo malo, sino porque tiene empatía y vio que estaba agobiada".

"APALEADOS POR LAS MENTIRAS DESCARADAS DE ESTA SEÑORA"

Al hilo de esto, ha argumentado, asimismo, que a lo largo del acto de juicio oral se habría demostrado la "memoria selectiva inaceptable y sobre hechos relevantes" de la denunciante, con declaraciones "llenas de imprecisiones y ambigüedades", e "inventos para convertir lo que fue una relación consentida en una agresión sexual".

"Estos chicos llevan cinco años siendo apaleados por las mentiras descaradas de esta señora", ha espetado la letrada, para quien la denunciante "ha ido", además, "buscando los síntomas para conseguir el diagnóstico de estrés postraumático" que, según afirmaron las forenses del Instituto de Medicina Legal (IML) de Almería en la pericial, padece y estaría "relacionado directamente" con los hechos que ella relata.

Ha manifestado que ella "miente ante los forenses del IML que elaboraron en el informe y se inventa que no tiene novio, que vive con una amiga, que no tiene vida social, que no ha vuelto a beber o a tomar copas, que ha estado de baja laboral un año" y ha apuntado que la contratación de un detective privado se debió a la "necesidad de descubrir la verdad".

"Se inventa esto, lo hace, porque tiene un fin espúreo, económico; su finalidad es exigir una cantidad de dinero a ambos y miente descaradamente cuando dice que no sabía que eran futbolistas ya que sabían ella y sus amigas en todo momento quienes eran porque vieron como se acercaba gente en la discoteca para hacerse fotos con ellos", ha remachado.

La letrada, para quien el informe pericial psicológico emitido por el IML debería ser "nulo" al haberse demostrado que se hace "solo con la información que da ella" y parte, por tanto, "de datos que no son verdad", ha cuestionado el diagnóstico de estrés postraumático en base a la pericial de parte que se practicó en la tercera sesión del juicio.

"Se inventa los síntomas para instrumentalizar el diagnóstico o los exagera con ese objetivo económico y hay mala práxis en el informe ya que se toman los síntomas como signos, lo subjetivo como objetivo, cuando es a lo mucho un trastorno de ansiedad que puede deberse a muchos factores porque nadie le ha preguntado por sus antecedentes vitales o familiares", ha indicado.

Por último, ha anunciado a la sala que va a pedir que se deduzca testimonio contra el abogado de la acusación particular, Iván Bolaño, por asegurar en su informe que se le ofreció a la víctima 400.000 euros "por cambiar su declaración y mentir", lo que fue respondido por el abogado de David Goldar afirmando que "fue ella quien pidió dinero, y no 400.000 euros, sino una cifra con algún cero más".

Ha indicado que supone una vulneración del secreto profesional entre letrados y ha señalado que, si ella "no respetase el código deontológico, podría darle la vuelta a la tortilla de algo que no hicimos porque ella solo quiere sacarle el dinero". "No hay otra explicación a sus mentiras constantes en el procedimiento", ha concluido.

MINA Y GOLDAR "AGRADECEN" A LA SALA "EL RESPETO Y TRATO OFRECIDO"

Antes de que el tribunal que preside la magistrada Társila Martínez declarase el juicio visto para sentencia, David Goldar y Santi Mina ha hecho uso en ese orden de la última palabra y lo han utilizado para "agradecer" al "tribunal y a la sala" el "respeto y el trato ofrecido" durante su celebración.

El fiscal, que no acusa a Goldar, sentado en el banquillo únicamente en calidad de cooperador necesario por la acusación particular que pide nueve años y medio de cárcel para ambos, aseguró el jueves al tribunal que existe un "cúmulo, una cascada" de elementos probatorios que acreditarían que Santi Mina habría cometido los hechos y manifestó que se le hacía "difícilmente comprensible que, con todos estos elementos, se pudiera llegar en este caso a una sentencia absolutoria.

Ante la sala, el fiscal Miguel Blasco indicó que, una vez "constatada" la presencia de ADN de Santi Mina en la exploración ginecológica, solo quedaba establecer si, en la madrugada del 16 de junio de 2019, en el interior de una furgoneta camperizada estacionada en las inmediaciones de una discoteca de Mojácar (Almería), el "acceso carnal" se produjo "con pleno consentimiento o sin consentimiento".

"La violencia se produjo, no solo por la falta de consentimiento, que no fue tácita, sino que fue expresa, sino también porque el acusado actuó de forma absolutamente sorpresiva, inesperada, imprevisible", remarcó para preguntarse a continuación si "hay algo más violento que cometer esa acción de esa manera" y concluir que existió "una intimidación clara" aumentada por que la presunta agresión se produjo en un espacio de "apenas dos metros cuadrados y en presencia de dos hombres jóvenes, atléticos".

Añadió que existen "elementos probatorios más allá de la mera valoración sobre la credibilidad" de la denunciante, que deviene "reforzada" por estos elementos, y subrayó que, por si no fuera "suficiente" la "verosimilitud, permanencia en el tiempo y la ausencia de contradicciones esenciales" en su testimonio, las periciales forenses revelan que las lesiones tanto físicas como psicológicas "son absolutamente compatibles" con "su relato de hechos".

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