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Málaga

El TSJA confirma la sentencia sobre la improcedencia del despido de 3 empleados de Estepona, según CCOO

Estos trabajadores venían realizando trabajos de mantenimiento de playas desde hacía varios años y no fueron llamados para la campaña de limpieza de playas en 2012

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  • TSJA -

La Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC) de CCOO de Málaga ha valorado que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) haya confirmado la sentencia de un Juzgado de lo Social sobre la improcedencia de los despidos de tres empleados del Ayuntamiento de Estepona (Málaga), y haya rechazado el recurso de dicho Consistorio, al que "condena al pago de sus salarios y de los costes procesales del recurso".

   Según han informado desde el sindicato, a través de un comunicado, el pasado 11 de enero el Juzgado de lo Social número 3 de Málaga condenó al Ayuntamiento de Estepona y Ute 'Villa de Estepona' --Grupo Ortiz e Inditec, concesionario de limpieza de playas-- a readmitir a tres trabajadores que fueron despedidos al no ser llamados para la campaña de limpieza de playas en el año 2012.

   En el contenido de la sentencia, las demandas son estimadas y se declara la improcedencia de los despidos de los tres empleados, condenando solidariamente a los demandados --el Ayuntamiento y la Ute 'Villa de Estepona'--, a la readmisión de los trabajadores en sus puestos de trabajo y al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, han indicado.

   Desde CCOO, han apuntado que el Consistorio recurrió esta sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que "con fecha 13 de mayo de 2013, la ha desestimado confirmando la sentencia del Juzgado de lo Social y condenando a dicho Ayuntamiento al pago de salarios y los costes procesales del recurso".

   Estos trabajadores venían realizando trabajos de mantenimiento de playas desde hacía varios años y no fueron llamados para la campaña de limpieza de playas en 2012. El sindicato ha señalado que la sentencia "considera que los trabajadores son fijos discontinuos y además el TSJA determina como fecha de inicio de la campaña y mantenimiento de playas a primeros del mes de abril".

   Desde CCOO han solicitado al Ayuntamiento "que evite judicializar las relaciones labores, como en el presente caso, ya que ha perjudicado los intereses generales de los ciudadanos, ya que en cumplimiento de la sentencia deberá abonar costes salariales en una cuantía estimada superior a 50.000 euros, a los que ahora se añade los costes procesales del recurso ante el TSJA, por una decisión ilegal que ha sido rechazada por los tribunales".

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