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Jaén

El Supremo confirma la condena de cárcel al joven que agredió sexualmente a un menor de cinco años

El Supremo admite en la sentencia "la dificultad probatoria que se presenta en los delitos contra la libertad sexual por la forma clandestina en que se producen"

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El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de cuatro años de prisión al joven que agredió sexualmente a un menor de cinco años en mayo de 2011 en su domicilio de la capital jiennense, A.C.R., ratificando así la sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Jaén el pasado 4 de octubre, que lo condenaba también a indemnizar a los padres del niño en un total de 4.000 euros.

   El Supremo admite en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, "la dificultad probatoria que se presenta en los delitos contra la libertad sexual por la forma clandestina en que se producen". Sin embargo, "la sola declaración de la víctima provoca el decaimiento de la presunción de inocencia", toda vez que "el relato del menor consiguió convencer a la Sala sobre la realidad de lo narrado, siendo inconcebible que lo inventara".

   Asimismo, en el fallo se recuerda que los hechos fueron "inmediatamente relatados por el menor a su padre y a su abuela, al médico forense, al pediatra, al juez instructor con la presencia de los psicólogos y del fiscal, del mismo modo que a los psicólogos designados para la emisión del informe". Además, se destaca que el menor efectuó el mismo relato en el juicio, concurriendo por tanto "claramente" la persistencia.

   De esta manera, para el TS "concurren los elementos de credibilidad, verosimilitud y persistencia", a pesar de que el acusado negó los hechos y ofreció una explicación que la Audiencia calificó como "complicada" para justificar por qué el niño podría mentir. Así, consideró carente de efecto el que afirmara que "una vecina le dijera a la abuela del niño que el procesado había estado antes implicado en algo similar". "Sus explicaciones carecen de toda credibilidad".

   El TS aprecia que el acusado ejecutó actos contra la libertad sexual de la víctima, un menor de cinco años, del mismo modo que considera que la Sección Primera de la Audiencia provincial "se basó en prueba suficiente y lícitamente obtenida".

   Por último, hace alusión a que se justifica que no se impone más de cuatro años de prisión en atención a que el autor tenía 19 años en el momento de los hechos y a que consta un nivel de desarrollo intelectual por debajo de la media. Además, "presenta dificultades en la esfera de las relaciones interpersonales, así como en la integración con el grupo de menores de su barrio que cuenta con una edad inferior a la suya".

LOS HECHOS

   Los hechos se remontan al 10 de mayo de 2011, cuando el procesado coincidió en una plaza aneja a su casa con varios menores que allí se encontraban jugando, dirigiéndose al citado menor, al que convenció, con la excusa de darle agua para beber, para que le acompañara a su casa.

   Asimismo, como relató el fiscal, una vez en el inmueble, "con ánimo libidinoso, con la intención de satisfacer sus torpes instintos sexuales y aprovechando la nula resistencia menor debido a su edad e inmadurez volitiva y cognoscitiva, se desnudó él mismo y al niño".

   A continuación llevó a cabo prácticas sexuales. Después del "aberrante proceso", y cuando ambos abandonaban el piso, llegó la abuela del menor, que lo tenía a su cuidado, y que fue informada por otros menores del paradero de su nieto, marchándose con el mismo.

   En la vista oral, el ahora condenado declaró que conocía al menor porque su abuela es vecina suya y que "a veces hablaba con él en la plazoleta". Así, y a preguntas del fiscal de si tenían buena relación a pesar de la diferencia de edad, A.C.R. respondió afirmativamente.

   Argumentó que el niño se le acercó y le preguntó que qué hacía y que a dónde iba. A continuación, "le comentó que si podía ir con él a su casa". Entonces, asegura que "bajó con él y bebió agua", que acto seguido él fue al baño y, mientras tanto, el menor le preguntó cómo se llamaba el perro que había en el salón.

   Asimismo, aseveró que estuvieron en el domicilio, "a lo más tardar, dos minutos". Además, negó que se desnudaran y que le echase al niño "una sustancia oscura en la barriga", como señaló el menor en la fase de instrucción.

   Así, y ante la interrogación de Fiscalía de si consideraba que "se lo había inventado todo el niño", el joven contestó "no es que se lo haya inventado, pero a lo mejor lo ha dicho obligado por los padres influidos por una vecina con la que había tenido un percance".

DESAPARECIÓ DE LA PLAZA

   De su lado, la abuela de la víctima, que declaró en la vista como testigo, indicó que su nieto estaba jugando a fútbol como portero en la plaza y que lo vigilaba desde un balcón desde el que más tarde observó que no se encontraba allí. Tras ello, se apresuró a bajar del piso para buscarlo, momento en el que los niños que estaban jugando con su nieto le dijeron que el niño se había ido con A.C.R.

   Según contó la mujer, "le teníamos dicho que no se fuera con nadie", sin embargo, ante tales hechos, fue a casa del procesado, "donde no se oía ni una mosca", y tras la puerta, lo llamó advirtiéndole que su padre "le regañaría". "Si no hubiera tenido la boca tapada, hubiera hablado porque el niño es muy activo y no se calla".

   Al parecer, amenazó con llamar a la Policía si no abría la puerta y, "al rato, salió su nieto con A.C.R. sudando y tembloroso", mientras que el joven "salió tan fresco" y le dijo "que le había dado una poquita agua". A continuación, fueron con el padre del menor y éste le contó lo que había ocurrido en el interior del piso. Finalmente, se refirió al hecho de que una de las vecinas del bloque del procesado le dijo "que era peligroso y que tuviera cuidado con él".

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