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Condenada a once años la prostituta acusada de matar a un cliente en Almería

También condena a la joven, Didina C., al pago de una indemnización de 300.000 euros al hijo de la víctima, que nació mes y medio después del crimen

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La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a una pena de once años de prisión por un delito de homicidio a una prostituta de 20 años y nacionalidad rumana por causar la muerte con un arma blanca a un cliente, un compatriota de 24 años, el 10 de julio de 2010 en Almería capital.

La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial, a la que ha tenido acceso Efe, también condena a la joven, Didina C., al pago de una indemnización de 300.000 euros al hijo de la víctima, que nació mes y medio después del crimen.

La sentencia ha sido dictada después de que un jurado popular declarara culpable a la joven de causarle la muerte al cliente, Vasile Pop, con un arma blanca de entre uno y 1,5 centímetros de ancho y un mínimo de diez de largo por una discusión en el interior del vehículo del hombre por el precio del servicio sexual.

La víctima sufrió dos puñaladas en el tórax, una de ellas superficial, y una segunda que le atravesó el corazón, lo que le causó la muerte.

Los hechos ocurrieron en la madrugada del 10 de julio de 2010, después de que la víctima contactase con la joven en la rotonda de Pescadería de la capital almeriense.

Según relata la sentencia en el apartado de hechos probados, la joven subió al vehículo, con el que se dirigieron hacia la autovía hasta detenerse en el kilómetro 438,100 de la A-7 en dirección Málaga.

En un momento dado, continúa el fallo, Didina C. esgrimió el arma blanca y agredió al hombre con intención de menoscabar su integridad física sin descartar la posibilidad de darle muerte.

La joven alegó durante el juicio legítima defensa ante una agresión y violación, y aseguró que el arma blanca se la arrebató al hombre en un momento de descuido.

No obstante, la sentencia recuerda que la joven ofreció una versión diferente en un primer momento tras su detención, cuando aseguró que había sido víctima de un robo.

Los investigadores no pudieron encontrar el arma homicida, que fue arrojada por la joven en la cuneta, y las pruebas forenses no dejaron constancia de que se produjera un forcejeo, según detalla el fallo.

La sentencia también apunta que un testigo amigo de la acusada declaró que ella solía llevar una pequeña navaja, que había visto meses antes.

Además del cambio de versión sobre los hechos, el fallo subraya que el jurado entendió que la acusada trató de ocultar las pruebas que pudieran inculparla y que las llamadas telefónicas y mensajes de texto que realizó tras el crimen a una persona de su entorno denotan que la joven preparaba una coartada antes de acudir a los agentes de la Guardia Civil a los que contó lo sucedido.

El abogado defensor, José Manuel Vicioso, quien insistió durante el juicio en que los hechos se produjeron en legítima defensa, ha anunciado en declaraciones a Efe que va a solicitar la nulidad del juicio ante el Tribunal Supremo, al entender que el veredicto se fundamenta en hechos no probados.

El fiscal había interesado en su calificación provisional una pena de catorce años, aunque tras el juicio rebajó su petición en un año.

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