La magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que atiende la ejecución del fallo que obliga al Ayuntamiento de Carboneras a clasificar como no urbanizable el paraje de El Algarrobico, en el que se construyó un hotel, ha mostrado su oposición a ser recusada tal y como ha solicitado la organización ecologista 'Salvemos Mojácar'.
La magistrada expone en un escrito, consultado por EFE, que no tiene "interés directo ni indirecto en pleito alguno", así como que no ha resuelto "en anterior instancia el pleito al que se contrae la ejecutoria".
"No he participado en el asunto objeto del pleito al que se contrae la ejecutoria, ni en otro relacionado con el mismo", añade.
Asegura que únicamente ha tenido conocimiento "del objeto de los litigios" en su "condición de magistrada", pero que "en modo alguno" ha formado "criterio en detrimento de la debida imparcialidad".
Tras esto, el TSJA ha ordenado que se dé traslado de este escrito al Ministerio Fiscal para que emita un informe.
A mediados del pasado mes de junio, el TSJA suspendió precisamente un procedimiento que debe determinar si se multa o no al exalcalde de Carboneras (Almería), José Luis Amérigo (PSOE), según se determine si el Ayuntamiento ha cumplido la sentencia que lo obliga a clasificar como no urbanizables los terrenos de El Algarrobico, hasta que se resuelva el incidente de recusación presentado contra la magistrada-ponente.
En una diligencia de ordenación, consultada por EFE, el Alto Tribunal andaluz requería a la organización ecologista 'Salvemos Mojácar', responsable de este incidente de recusación, que presente en el plazo de cinco días un "poder especial para recusar" y designa como instructor de esta pieza separada al magistrado Silvestre Martínez, "a quien por orden de antigüedad le corresponde y a quien se pasaran estas actuaciones".
A principios del mes pasado, el TSJA ordenó que se abriese una pieza separada para decidir si procede recusar o no a la magistrada que atiende la ejecución del fallo que obliga al Ayuntamiento de Carboneras a clasificar como no urbanizable el paraje de El Algarrobico.
En una diligencia consultada por EFE, el TSJA adoptaba esta decisión tras la petición de recusación impulsada por el colectivo ecologista 'Salvemos Mojácar y el Levante Almeriense', y daba un plazo de cinco días para presentar un recurso de reposición contra esta resolución judicial.
Según apuntó anteriormente el colectivo, la magistrada actuó junto al abogado del Ayuntamiento de Carboneras al dictar otra sentencia previa que declaró urbanizables estos mismos suelos.
En un incidente de recusación, consultado por EFE, 'Salvemos Mojácar' recuerda que dicha magistrada dictó una sentencia a partir de un recurso que "tenía exactamente el mismo objeto que el presente: la clasificación como no urbanizables de los sectores ST1 y ST2 conocidos como El Algarrobico y El Canillar".
Subrayan que aquella sentencia estimó un recurso de Azata del Sol, promotora del hotel de El Algarrobico, y determinó que el nivel medio de protección de este sector debía ser equivalente al de las zonas declaradas urbanizables en el plan de ordenación de los recursos naturales (PORN) del parque natural Cabo de Gata-Níjar (Almería), y reconoció el derecho de la empresa a que estos terrenos se incluyesen en dicha zonificación.
Destacan que en esta sentencia actuó como ponente un magistrado actualmente en excedencia y que ejerce ahora como abogado del Ayuntamiento de Carboneras.
Almería
La magistrada del TSJA que atiende un fallo de El Algarrobico se opone a su recusación
"No he participado en el asunto objeto del pleito al que se contrae la ejecutoria, ni en otro relacionado con el mismo", añade
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