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Jerez

Un docente de Jerez se gana su permiso de lactancia en el Juzgado

Acudió a la vía judicial después de que la Junta se lo hubiera denegado

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  • Lactancia. -

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Sevilla ha dado la razón a un funcionario docente de Jerez al que la Junta había denegado el permiso de lactancia que había solicitado.

El Juzgado ha anulado así la resolución negativa del citado permiso, que fue recurrida por el docente afectado, declarando además el derecho del recurrente al permiso solicitado, que se reconoce además como “un derecho individual”.

El Área de Igualdad de CSIF Andalucía, que ha defendido los intereses del trabajador, ha exigido la modificación de la normativa autonómica a la que se acoge la Junta para negar sistemáticamente estos permisos, porque entiende que contraviene normas de rango superior y obliga al progenitor que disfrute del permiso de lactancia a justificar que la otra persona titular del derecho, es decir, el otro progenitor, no disfruta de su derecho.


De este modo, la Consejería de Educación estaría vetando a su plantilla de trabajadores el derecho al disfrute del permiso de lactancia a ambos progenitores, limitando este reconocimiento a sólo uno de ellos.

La secretaria de Igualdad, Acción Social y Responsabilidad Social Corporativa de CSIF-A, Carmen Alguacil, considera esta sentencia “una victoria de los servicios jurídicos” de este sindicato “contra una situación que ocasiona perjuicios evidentes no sólo para la persona trabajadora, sino también para el bebé”.

De hecho, la central sindical presentó en su día un escrito ante la Consejería de Educación en el que solicitaba la revisión y modificación del artículo 7 de la Circular de 11 de julio de 2021 de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, sobre permisos, licencias y reducciones de jornada del personal docente, por contradecir normativa de rango superior y suponer una limitación a los derechos consolidados de sus propios empleados.

A juicio de esta organización sindical, dicha sentencia, contra la que no cabe recurso de apelación, “marca un camino y reconoce como derecho individual el citado permiso de lactancia para ambos progenitores”.

“Se trata de un caso que supone un ejemplo y un referente de aquellos solicitantes que han visto vulnerados sus derechos durante mucho tiempo, un derecho ya irrecuperable para la persona trabajadora, por lo que la Administración debe asumir su error y modificar su norma ajustándola a la superior con la máxima celeridad”. 

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